Guillermo Lasso con luz verde para consulta popular al pronunciarse la Corte Constitucional

Guillermo Lasso con luz verde para consulta popular al pronunciarse la Corte Constitucional

La Corte Constitucional (CC) concluyó con el trámite de la calificación de la constitucionalidad de las ocho preguntas de referéndum que propuso el presidente de la República, Guillermo Lasso y determinó que estas son viables para someterlas a la voluntad popular, con excepción de varios textos de los considerandos que fueron declarados inconstitucionales, pero que no afectan el fondo de la iniciativa.

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Los nueve jueces del máximo organismo de interpretación constitucional sesionaron el miércoles para resolver sobre la propuesta del jefe de Estado y este jueves, 10 de noviembre, se divulgó dos sentencias en las que se pronuncia sobre la viabilidad de las ocho preguntas de enmienda a la Constitución.

El organismo informó esta tarde que, tras la verificación que se hizo a las ocho preguntas, “en su mayoría” los considerandos que introducen a ellas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 104 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

En cuanto a las preguntas, se concluyó que cumplen los requisitos del artículo 105 de la mencionada ley y garantizan la libertad de los electores, por lo que las declaró constitucionales.

Las preguntas aprobadas se relacionan con políticas en materia de seguridad ciudadana, institucionalidad, sistema de partidos políticos, medio ambiente y, la eliminación de la atribución de elegir a las autoridades de control que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para que se lo traspase a la Asamblea Nacional, así como modificar el mecanismo de selección de sus siete consejeros, para que sea la Legislatura la que también se encargue de designarlos.

PREGUNTAS

Las primeras seis preguntas se aprobaron con el voto de ocho jueces, mientras que el juez Jhoel Escudero emitió un voto salvado en las preguntas 2, 4, 7 y 8. 

Las iniciativas son las siguientes:

¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?

¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?

¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 4?

¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5% del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 5?

¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 7?

¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 8?

Las siguientes dos preguntas relacionadas con las funciones del CPCCS se aprobaron por unanimidad, es decir, con nueve votos de los magistrados constitucionales. Estas son:

“¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución?”.

“¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución?

#LtgaInfo F/:Ricardo Q.