La Corte Constitucional admite a trámite una demanda contra el alza del IVA al 15 %

La Corte Constitucional admite a trámite una demanda contra el alza del IVA al 15 %

La norma que permitió el alza del Impuesto al Valor Agregado al 15 % (IVA) será revisada por la Corte Constitucional, tras que este órgano admitiera a trámite una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley para el Conflicto Armado Interno, el pasado 30 de abril.

La petición que fue aceptada pertenece a la Cámara de Comercio de Guayaquil. El incremento de este gravamen también fue impugnado, por separado, por la bancada de Revolución Ciudadana y la Federación Unitaria de Trabajadores (FUT).

El gremio empresarial, liderado por Miguel Ángel González, señaló denuncia razones de forma y fondo de por qué esta normativa no cumple con la Constitución ecuatoriana para la creación y modificación de impuestos.

El gremio empresarial, liderado por Miguel Ángel González, señaló denuncia razones de forma y fondo de por qué esta normativa no cumple con la Constitución ecuatoriana para la creación y modificación de impuestos.

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Una de ellas es que la Asamblea Nacional transformó el proyecto remitido por Daniel Noboa, que solo contemplaba el alza del IVA, para crear nuevas contribuciones temporales (a las sociedades y a otras entidades del sector financiero) y para modificar algunos otros impuestos (Salida de Divisas, IVA en materiales de construcción).

"El proyecto que nos ocupa comporta una transgresión aun más grave porque no solo modifica elementos esenciales de tributos existentes, sino que crea otros nuevos, sin que hubiere mediado la iniciativa del Ejecutivo en ninguno de los casos", comentaron.

Argumentan que este tema ya tenía antecedentes en la Corte Constitucional, dado que las iniciativas de leyes sobre materia tributaria son de competencia exclusiva del presidente, y que este órgano ha declarado en pasadas ocasiones la inconstitucionalidad de leyes, que por iniciativa de la Asamblea, han suprimido impuestos.

El máximo órgano de justicia constitucional negó la solicitud de suspensión provisional de la Ley para el Conflicto Armado Interno, pero señaló que se continuará la sustanciación de esta semana.

La Corte Dio un término de 15 días para que la Asamblea Nacional, la Presidencia de la República y la Procuraduría General del Estado para que intervengan defendiendo o impugnando la constitucionalidad de las normas demandadas.

Asimismo, solicitaron a la Asamblea Nacional y a la Presidencia de la República, para que, en el término de quince días, remitan el expediente con los informes y demás documentos que dieron origen a las normas demandadas.