Nueve dignidades elegirá el pleno del legislativo en la sesión de instalación de la Asamblea

Nueve dignidades elegirá el pleno del legislativo en la sesión de instalación de la Asamblea

Una Presidenta o Presidente, una Primera Vicepresidenta o Vicepresidente, una Segunda Vicepresidenta o Vicepresidente, cuatro vocales, una Secretaria o Secretario y una Prosecretaria o Prosecretario elegirán los 137 asambleístas en la sesión de instalación de la nueva Asamblea Nacional prevista para el viernes 17 de noviembre a las 10h00, en la sede legislativa, en Quito.

Esta sesión estará dirigida por los asambleístas nacionales que encabezaron las tres listas con mayor votación a nivel nacional, que se encuentren presentes en la reunión, quienes en su orden ejercerán la dirección, subdirección y secretaría de la sesión. Las funciones de los tres asambleístas culminarán con la posesión de las autoridades.

La Ley Orgánica de la Función Legislativa prevé que en caso de inasistencia a la sesión de instalación, de los asambleístas nacionales que encabezaron las listas, asumirá en su lugar el asambleísta siguiente de la respectiva lista.

Acreditación de asambleístas presentes

La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que la dirección provisional de la Asamblea Nacional designará, atendiendo a criterios de pluralidad, previa comprobación de sus credenciales e identidad, a una comisión especial de cinco asambleístas, cuya función será verificar las credenciales y constatar la identidad de los asambleístas electos presentes.

Mociones y votación requerida

Los asambleístas presentarán candidaturas para cada una de las siete dignidades.

Los cuatro vocales del Consejo de Administración Legislativa serán elegidos de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas. En caso de existir más de cuatro bancadas legislativas, todas ellas podrán proponer candidatos de entre sus miembros; los cuatro vocales serán elegidos por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional, debiendo ser de diferentes bancadas.

Para ser elegida una autoridad se requiere el respaldo de la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional, 70 votos. Luego de la proclamación de resultados serán posesionados inmediatamente.

En el caso de la elección de la Secretaria o Secretario General y la Prosecretaria o Prosecretario, se presentará una moción para los dos servidores públicos y se aprobará, igualmente, con mayoría absoluta.

Documentación habilitante hasta el jueves

Previo a la sesión de instalación, los asambleístas deben entregar hasta el jueves 16 de noviembre, la documentación que habilitará su posesión. La información de los asambleístas se recepta en cinco mesas de trabajo ubicadas al ingreso del salón Nela Martínez en la sede legislativa, de 08h30 a 15h30. En la constancia de otorgamiento de la Declaración Patrimonial Jurada deberá constar como fecha de inicio de gestión el 17 de noviembre.

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