(O) OPINIÓN "Se salió con la suya"

(O) OPINIÓN  "Se salió con la suya"

Desde que comenzó el gobierno de Guillermo Lasso el mismo se caracterizó por querer introducir su normativa jurídica a través de la Asamblea Nacional a dentelladas en forma atrabiliaria a través de la arbitrariedad sin la concertación y el consenso, ante ello pasó la reforma tributaria del gobierno la cual generará más de 1.900 millones en nuevos ingresos fiscales a favor del Estado en los años 2022 y 2023, este gobierno tiene la marca impuestera cuando hay más recesión, más contracción y cuando un país quiere recuperarse económicamente lo que menos debe hacer es succionarle y exprimirle a través de impuestos al pueblo, en otras palabras hay que darle oxígeno a la economía, una de las promesas electorales del banquerito criollo fue no más impuestos, razón por la cual firmó un acuerdo con el PSC que lo apoyó electoralmente, sin embargo esa propuesta y oferta electoral fue quebrantada y violentada por parte del propio Lasso, ya desde el poder el prisma cambia. 

El futuro de la reforma tributaria del gobierno de Guillermo Lasso regresó a la cancha de Carondelet después de que la Asamblea aprobó el proyecto de ley aprobado por Pachakutik y Unes para derogar la reforma tributaria del gobierno tras la pandemia del covid-19, con certeza debo afirmar que la derogatoria a la reforma tributaria será vetada totalmente por parte del mandatario, un veto total implica que un proyecto no puede volver a ser tratado por la Asamblea, sino después de un año. 

El gobierno argumenta y arguye de que tal derogatoria no es constitucional, ya que solo el presidente de la república podrá formular proyectos de ley que creen o modifiquen impuestos, sin embargo el trámite de los proyectos de ley de urgencia en materia económica consta en el artículo 140 de la Constitución, en el último inciso señala que cuando un proyecto entra en vigencia por el ministerio de la ley la Asamblea podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla con sujeción al trámite ordinario previsto, sin especificar si esto se aplica en el caso de tributos, la Corte Constitucional declaró inconstitucionales los aspectos relacionados con las reformas a la ley de hidrocarburos; además se declararon inconstitucionales tanto el RIMPE y el RIVUT los cuales forman parte de un régimen impositivo, así mismo la corte ratificó que es inconstitucional la exención del pago del impuesto a la herencia, como las reformas a la Ley Orgánica de Régimen Especial de la Provincia de Galápagos, es importante recalcar y subrayar que la reforma tributaria del gobierno pasó por el ministerio de la ley por el pacto y el contubernio entre el correísmo y el lassismo ya que el correísmo se abstuvo en cuanto a la reforma tributaria, esta ley castiga a la clase media ya que no podrán deducir los gastos en educación, la salud y la alimentación, este régimen impositivo perjudica y produce un detrimento en contra de los pequeños comerciantes, artesanos y emprendedores.

(O) OPINIÓN 

"Se salió con la suya"

Por: Ab. Juan Pablo Sansur Ode.

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