El SRI anuncia cambios para la exoneración del ISD por estudios en el exterior y tratamiento de enfermedades catastróficas

El SRI anuncia cambios para la exoneración del ISD por estudios en el exterior y tratamiento de enfermedades catastróficas

El Servicio de Rentas Internas (SRI) anuncia una modificación en el procedimiento para la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) por concepto de estudios en el exterior, gastos de manutención y gastos en atención médica derivada del tratamiento de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas.

De acuerdo con la modificación del Reglamento para la aplicación del ISD, los requisitos para la exoneración del impuesto deben ser presentados directamente ante la institución financiera, empresa de courier y agente aduanero con los cuales se realice la transferencia, envío y/o traslado al exterior.

Para asegurar que los agentes de retención y percepción del impuesto y los beneficiarios estén al tanto de estos cambios, el SRI emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000009, en la que se detallan los requisitos necesarios para tramitar la exoneración de manera clara y precisa.

El SRI recomienda a los contribuyentes que necesiten realizar trámites de exoneración del ISD por las razones mencionadas anteriormente que se informen sobre los requisitos necesarios y presenten la documentación a la institución financiera, empresa de courier o agente aduanero correspondiente.

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