Gobierno ordena registro obligatorio de líderes religiosos

Gobierno ordena registro obligatorio de líderes religiosos

Las organizaciones religiosas deberán registrarse, para cumplir con la sentencia de reparación integral por la desaparición y homicidio de Juliana Campoverde.

En un plazo de 60 días, a partir del 15 de febrero de 2024, las organizaciones religiosas -constituidas bajo la Ley de Cultos y el reglamento de Cultos Religiosos- deberán registrar los datos personales de sus líderes, lideresas, pastores o pastoras ante la Dirección de Registro de Movimientos Sociales, Culto, Creencia y Conciencia del Ministerio de Gobierno.

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La disposición consta en el Acuerdo Ministerial 153, emitido por la ministra de Gobierno, Mónica Palencia, para cumplir con la reparación integral, ordenada en la sentencia condenatoria ejecutoriada, por el plagio con resultado de muerte, el femicidio de Juliana Campoverde.

Fiscalía señaló que, a sus 18 años, la joven fue desaparecida el 7 de julio de 2012, en La Biloxi, sur de Quito. Jonathan Patricio Carrillo Sánchez, hijo del pastor de la iglesia evangélica Oasis De Esperanza -lugar donde ejercía liderazgo pastoral sin ser titulado como tal-, fue declarado culpable por el Tribunal Penal, que lo sentenció a 25 años de reclusión mayor como autor del delito.

“Con este registro formal de quienes son nombrados y tienen el poder de ejercer como pastores, pastoras, líderes o lideresas de comunidades religiosas, se busca que hechos como el perpetrado por Jonathan Patricio Carrillo Sánchez contra una asistente a la iglesia, no vuelvan a suceder”, indicó la Fiscalía.

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Fuente: PuntoNoticias