Policías sin tatuaje sería el nuevo reglamento para los uniformados.

Policías sin tatuaje sería el nuevo reglamento para los uniformados.
Policías sin tatuaje sería el nuevo reglamento para los uniformados.

Ser de nacionalidad ecuatoriana, tener entre 18 y 26 años de edad, no tener antecedentes personales, judiciales, o de violencia intrafamiliar, entre otros, serían los requisitos para poder ser aspirante a policía nacional, sin embargo un documento firmado por el ex ministro del Interior, Juan Zapata, fue publicado el 6 diciembre en el registro oficial el Reglamento del Proceso de Reclutamiento y Selección de Postulantes a Aspirantes a Servidores Policiales Directivos, Técnico Operativos a Nivel Nacional y Proceso de Selección de Tránsito de Servidores Policiales Técnico Operativo a Directivo. En este documento se trata también la prohibición de poseer tatuajes corporales. Esto es debido a la gran ola de delincuencia que se vive actualmente en el país, ya que dentro de las bandas delincuenciales, sus integrantes poseen tatuajes con los cuales se identifican.

Desde el acontecimiento que vivió el Ecuador el pasado 9 de enero, el presidente Daniel Noboa presentó una lista de 22 bandas delictivas como terroristas, las cuales actualmente son objetivo de la Policía Nacional y Militares. Ambos realizan una búsqueda exhaustiva en los respectivos operativos anti delincuenciales, en los cuales la búsqueda de tatuajes ha sido parte de esto.

Actualmente los tatuajes son una de las formas de reconocimiento de las bandas terroristas por lo que esta prohibido para los futuros aspirantes llevarlos, ya que se los vincularía con dichos terroristas.

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Aquí te dejamos los requisitos:
Registrarse en el Sistema de Reclutamiento y adquirir el prospecto;
Ser ecuatoriano por nacimiento;
Estatura mínima para hombres 168 centímetros y mujeres 157 centímetros,
descalzos;
No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Escuelas o
Centros de Formación de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de
las entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público;
No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Fuerzas
Armadas, Policía Nacional y/o de alguna de las entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público por cualquier circunstancia; a excepción de los
servidores policiales Técnico Operativos que soliciten el cese voluntario con el
objeto de ingresar al centro de formación al nivel Directivo;
No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier delito;
No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por contravención,
sancionada con pena privativa de libertad;
No registrar investigaciones previas o procesos judiciales de carácter penal
pendientes;
No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos o
contravenciones en asuntos de violencia intrafamiliar o de género;
No encontrarse inmerso en algunas de las inhabilidades contempladas en el
Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, en
lo que fuere aplicable al proceso de reclutamiento y o en lo establecido en la Ley
Orgánica del Servicio Público que inhabilitan el desempeño del cargo público;
No estar afiliado a ningún partido político;
No tener impedimento para ejercer cargo público;
No tener antecedentes penales;
No poseer tatuajes;
No tener expansores en lugares visibles del cuerpo;
No adeudar 2 (dos) o más pensiones alimenticias;
No poseer enfermedades preexistentes;
No poseer carnet del CONADIS;
No mantener juicios de coactivas, por deudas en entidades financieras;
Declaración Juramentada del postulante de no haber participado en actividades
relacionadas con hechos de corrupción, delincuencia individual u organizada, a
través del proceso de debida diligencia;
Aprobar cada una de las fases del proceso de reclutamiento y selección; y,
Cumplir con todos los requerimientos y requisitos establecidos para el proceso.